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Artículo 174 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los trabajadores del gobierno federal o estatal que tengan permiso de la Secretaría y estén asignados a los Puntos de Revisión Interna u otros lugares de inspección autorizados, son los únicos que pueden hacer revisiones oficiales. Ellos deciden si los productos regulados tienen plagas o enfermedades, y ordenan aplicar medidas para controlarlas, siguiendo las leyes, reglamentos y normas oficiales mexicanas.

Texto oficial

Artículo 174. Los servidores públicos federal o, en su caso, estatal reconocidos por la Secretaría, adscritos o comisionados a los Puntos de Verificación Interna u otros sitios de Inspección autorizados, son los responsables de realizar los actos de autoridad y, en su caso, determinar la Condición Fitosanitaria de las Mercancías Reguladas ordenando las Medidas Fitosanitarias de acuerdo con la Ley, este Reglamento, las Normas Oficiales Mexicanas y demás Disposiciones Legales Aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 56) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.