Artículo 177 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que el gobierno va a fijar las reglas sobre cómo se crean, operan y cancelan los puntos de revisión internacional para cuidar la sanidad de las plantas. Estas reglas se van a dar a conocer en el Diario Oficial de la Federación, que es el periódico donde se publican todas las leyes y acuerdos oficiales en México.
Texto oficial
Artículo 177. Los procedimientos y lineamientos generales para la instalación, operación, vigilancia interna y externa, supervisión, vigencia y cancelación de los puntos de Inspección internacional en materia de Sanidad Vegetal, se establecerán en acuerdos publicados en el Diario Oficial de la Federación.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.