Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 54 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando quieras importar plantas, frutas, verduras u otros productos del campo (llamados "Mercancías Reguladas"), las reglas sanitarias para dejarlos entrar al país se basan en estudios científicos o acuerdos internacionales que México haya firmado. Además, se hace un "Análisis de Riesgo de Plagas", que es un estudio para ver si esos productos traen plagas o enfermedades que puedan dañar los cultivos en México. Para eso, la autoridad sanitaria del país de origen debe dar información actualizada, o se revisa un estudio de la zona de donde vienen los productos. El SENASICA (la autoridad mexicana de sanidad vegetal) es quien decide esas reglas, tomando en cuenta pruebas científicas, el riesgo de plagas y las condiciones del lugar. Tú, como importador, debes cumplir con esos requisitos en el punto de entrada a México, incluso antes de pedir el Certificado Fitosanitario para la Importación. Puedes consultar fácilmente esas reglas en la página de internet del SENASICA, en un módulo diseñado para que cualquier persona las entienda. Si no encuentras los requisitos para el producto que quieres importar, debes solicitar una "Hoja de Requisitos Fitosanitarios" siguiendo el procedimiento que el SENASICA haya publicado, ya sea para investigación, producción o venta.

Texto oficial

Artículo 54. El establecimiento y modificación de los requisitos fitosanitarios para la importación de Mercancías Reguladas estarán basados en principios científicos o recomendaciones internacionales, mismas que deberán observar lo dispuesto en los instrumentos internacionales en materia de Sanidad Vegetal de los que México sea parte, así como en el Análisis de Riesgo de Plagas, el cual deberá considerar el Estatus Fitosanitario con información técnica actualizada que sea proporcionada por la autoridad fitosanitaria del País de Origen o del resultado del proceso documental del estudio de Análisis de Riesgo de Plagas que guarde la zona geográfica de origen o procedencia de las Mercancías Reguladas. El procedimiento para el establecimiento y modificación de los requisitos fitosanitarios para la importación lo establecerá el SENASICA sustentándose en evidencias, principios científicos, condiciones geográficas y biológicas, evaluaciones de Riesgo Fitosanitario asociados a la Mercancía Regulada, así como en el Análisis de Riesgo de Plagas y otros factores pertinentes. Los requisitos fitosanitarios para la importación de Mercancías Reguladas se deberán de cumplir por los interesados en el Punto de Entrada al país y antes de iniciar el trámite de emisión del Certificado Fitosanitario para la Importación. El SENASICA pondrá a disposición de los interesados, a través de su página de Internet, los requisitos fitosanitarios aplicables a las Mercancías Reguladas que se pretenden importar, en un módulo en internet, en un formato de fácil comprensión a los usuarios. En caso de que los requisitos fitosanitarios para las Mercancías Reguladas que se pretendan importar no estén identificados, en los términos del párrafo anterior, el interesado para poder llevar a cabo su REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE SANIDAD VEGETAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 15-07-2016 17 de 62 importación deberá obtener dichos requisitos mediante la solicitud de Hojas de Requisitos Fitosanitarios, a través del procedimiento que para tal efecto emita el SENASICA, en el que deberá incluir también el procedimiento para el establecimiento de los requisitos para la importación de Mercancías Reguladas con fines de investigación, producción o comercialización, tomando en consideración lo previsto en el párrafo segundo del presente artículo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.