Artículo 3 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Con este artículo, cualquier persona puede pedir copias impresas de la información que las oficinas de gobierno tengan disponibles en internet. Las dependencias y entidades deben seguir las reglas del artículo 9 de este reglamento para entregarte esas copias. En pocas palabras, si ves algo en una página web del gobierno y quieres tenerlo en papel, puedes solicitarlo y te lo deben dar.
Texto oficial
Artículo 3. Los particulares podrán solicitar a las dependencias y entidades impresiones de la información que aquéllas pongan a disposición del público en medios electrónicos. Para esos efectos las dependencias y entidades observarán lo que dispone el artículo 9 de este Reglamento.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.