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Artículo 4 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando se crea una nueva oficina o empresa del gobierno, tiene 6 meses para ponerse al corriente con todas las reglas de la Ley, el Reglamento y lo que diga el Instituto. El tiempo empieza a contar desde el día en que se crea legalmente esa dependencia. Si dos organismos se fusionan, la que queda viva (la fusionante) tiene que hacerse cargo de las obligaciones de la que desapareció.

Texto oficial

Artículo 4. Las nuevas dependencias y entidades contarán con un plazo de seis meses contados a partir de la fecha de su creación, conforme al instrumento jurídico que corresponda, para cumplir con las obligaciones establecidas en la Ley, este Reglamento y los lineamientos expedidos por el Instituto. En el caso de fusiones, la fusionante deberá cumplir con las obligaciones que correspondan a aquellas que resulten fusionadas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.