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Artículo 67 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Variedades Vegetales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien pidió una medida provisional (como una orden judicial para proteger algo), tuvo que dar una fianza (dinero o garantía para cubrir posibles pérdidas). Si al aplicar esa medida resulta que ese dinero no alcanza para pagar los daños que pueda sufrir la otra persona, el juez puede pedir que se aumente la fianza. Es decir, el monto inicial se queda corto y tienes que poner más para cubrir cualquier perjuicio que pueda ocurrir.

Texto oficial

Artículo 67.- Se podrá requerir la ampliación de la fianza cuando de la ejecución de las medidas provisionales se desprenda que el monto otorgado resulta insuficiente para responder por los daños y perjuicios que se pudieren causar a las personas en contra de las que se hayan dictado la medida.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.