Artículo 71 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Variedades Vegetales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si te aplicaron una medida provisional (una acción temporal por parte de las autoridades), tienes 30 días hábiles para decir lo que piensas sobre ella. Los días hábiles son de lunes a viernes, sin contar festivos. Después de que des tus argumentos, el SNICS (que es el sistema encargado) puede cambiar los términos de la medida si considera válido lo que dijiste.
Texto oficial
Artículo 71.- Las personas en contra de quienes se haya aplicado alguna de las medidas provisionales, dispondrán de un plazo de treinta días hábiles para presentar las observaciones que tuviesen respecto a la medida adoptada. El SNICS podrá modificar los términos de la medida aplicada, habida cuenta de los argumentos expresados por el afectado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.