- Ley
- REGLAMENTO de la Ley Federal de Variedades Vegetales
- Artículo
- 72
Artículo 72 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Variedades Vegetales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Te van a avisar de forma oficial (notificar) que se aplicó una medida provisional en tu contra o que te afecta, y también les avisarán a otros interesados. A partir de que recibas ese aviso, tienes 30 días hábiles para responder por escrito lo que quieras alegar para defenderte o proteger tus derechos. Los días hábiles son los que no son sábado, domingo ni días de descanso obligatorio. Básicamente, te dan un mes de días laborales para que digas tu versión por escrito.
Texto oficial
Artículo 72.- Se notificará a la parte afectada y a los interesados la aplicación de la medida provisional adoptada para que, dentro de un plazo de treinta días hábiles contado a partir de la notificación, manifiesten por escrito lo que a su derecho convenga.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.