Artículo 21 del REGLAMENTO de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que, cuando se atiende a una víctima de violencia sexual, se deben tomar en cuenta las ideas de la sociedad sobre cómo se da la agresión y cómo afecta a la persona. También hay que darle una atención completa, que incluya ayuda psicológica, médica y legal. Además, se deben seguir las reglas establecidas en las normas oficiales mexicanas que hablan sobre este tema.
Texto oficial
ARTÍCULO 21.- El tratamiento de la violencia sexual tomará en consideración los criterios de construcción social de la agresión, de atención, tratamiento integral y los previstos en las normas oficiales mexicanas en la materia. Artículo reformado DOF 25-11-2013
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.