Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGAMVLV/49
Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
Artículo
49

Artículo 49 del REGLAMENTO de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Sistema, por medio de los Mecanismos para que las mujeres avancen, va a buscar que los programas completos de los estados estén alineados con el programa principal. También va a procurar que los programas de los municipios sigan lo que dicen los programas estatales. En pocas palabras, la idea es que todos los niveles de gobierno trabajen en la misma dirección para apoyar a las mujeres.

Texto oficial

ARTÍCULO 49.- El Sistema, a través de los Mecanismos para el adelanto de las mujeres, procurará que los programas integrales de las entidades federativas se encuentren armonizados con el Programa, así como los programas municipales con los estatales.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (pág. 17) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 49 del REGLAMENTO de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, explicado | Precedente Legal