- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista
- Artículo
- 25
Artículo 25 del REGLAMENTO de la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría Técnica la va a encabezar una persona que elija el titular de la Secretaría, y esa persona tiene que tener, como mínimo, el puesto de director general. Esto significa que el jefe de esa área debe ser alguien con un cargo de alto nivel dentro de la dependencia.
Texto oficial
Artículo 25. La Secretaría Técnica estará a cargo del servidor público que para tal efecto designe el titular de la Secretaría, quien deberá contar cuando menos con nivel jerárquico de director general.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.