Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGAPPCEA/30
- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista
- Artículo
- 30
Artículo 30 del REGLAMENTO de la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Para que la Comisión tome una decisión, se necesita que más de la mitad de los miembros que estén en la reunión estén de acuerdo. Si hay un empate en la votación, el Presidente puede romperlo con su voto extra, así se define quién gana.
Texto oficial
Artículo 30. Los acuerdos de la Comisión se aprobarán por mayoría de votos de los integrantes presentes, en caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.