Artículo 122 del REGLAMENTO de la Ley General de Cultura Física y Deporte
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
En un arbitraje en estricto derecho (que es como un juicio privado), tú y la otra persona deben ponerse de acuerdo por escrito sobre los puntos importantes del problema y las reglas del proceso. Todo esto tiene que ser justo y respetar las leyes, la equidad y la igualdad entre ambas partes. Si ustedes no proponen esas reglas o no se ponen de acuerdo, entonces la CAAD (la autoridad que organiza el arbitraje) las va a establecer por ustedes.
Texto oficial
Artículo 122. En el arbitraje en estricto derecho las partes fijarán en el acuerdo arbitral los puntos esenciales de la controversia y las reglas del procedimiento, acordes con los principios de legalidad, equidad e igualdad entre las partes. En el caso de que las partes no las propongan o no se hayan puesto de acuerdo, la CAAD las establecerá.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.