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Artículo 132 del REGLAMENTO de la Ley General de Cultura Física y Deporte

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando dos personas llegan a un acuerdo durante una mediación, ese acuerdo es tan válido como una decisión final de la CAAD (la autoridad encargada). El documento se tiene que firmar cuatro veces (cuadruplicado), y una copia original se debe entregar al Área de Mediación y Conciliación de la CAAD para que ellos la guarden. Así se aseguran de que el acuerdo quede registrado y protegido.

Texto oficial

Artículo 132. Los acuerdos a los que lleguen los mediados, una vez aprobado por el Pleno de la CAAD tendrán el mismo efecto de una resolución definitiva emitida por la CAAD, deberán firmarse por cuadruplicado, y un ejemplar en original deberá entregarse a la CAAD por conducto de su Área de Mediación y Conciliación para su guarda y custodia.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 50) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.