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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Cultura Física y Deporte
Artículo
136

Artículo 136 del REGLAMENTO de la Ley General de Cultura Física y Deporte

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Área de Mediación y Conciliación de la CAAD (una especie de oficina especializada en resolver problemas sin llegar a juicio) va a apoyar a los mediadores y conciliadores independientes (personas que ayudan a solucionar conflictos deportivos). Su trabajo es asegurarse de que estos profesionales hagan bien su chamba, manteniéndose neutrales (que no tomen partido por nadie) y garantizando que todo lo que hagan sea legal y seguro para las partes. También se encarga de hacerle publicidad a la mediación conciliación en el mundo del deporte, para que la gente sepa que existe y cómo funciona. Para todo esto, pide ayuda a los mismos mediadores y conciliadores independientes.

Texto oficial

Artículo 136. El Área de Mediación y Conciliación de la CAAD auxiliará a los Mediadores y Conciliadores Independientes en los procedimientos respectivos, y asegurará la eficacia del servicio que éstos presten, cuidando siempre su imparcialidad, así como la seguridad jurídica en los actos en que intervengan. Asimismo, promoverá y difundirá la existencia, contenido y alcance de la mediación y de la conciliación en materia deportiva entre la comunidad deportiva nacional, auxiliándose de los Mediadores y Conciliadores Independientes para tales efectos. CAPÍTULO V De las Correcciones Disciplinarias y Medidas de Apremio

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Cultura Física y Deporte (pág. 51) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.