Artículo 18 del REGLAMENTO de la Ley General de Cultura Física y Deporte
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 18 dice que el programa debe hacerse siguiendo las reglas del Plan Nacional de Desarrollo, la Ley de la materia, la Ley de Planeación, este Reglamento y otras leyes que apliquen. En otras palabras, no se puede crear al aventón, sino que tiene que respetar lo que ya está establecido en esos documentos y leyes importantes. Así se aseguran de que todo esté bien ordenado y coordinado con los planes del país.
Texto oficial
Artículo 18. El Programa se formulará de conformidad con el Plan Nacional de Desarrollo, la Ley, la Ley de Planeación, este Reglamento y los demás ordenamientos aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.