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Artículo 40 del REGLAMENTO de la Ley General de Cultura Física y Deporte

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien quiere organizar un evento deportivo, académico o un congreso relacionado con la cultura física y el deporte, debe cumplir con tres requisitos. Primero, necesita el permiso de la asociación deportiva nacional que le corresponda, si es que existe. Segundo, debe tener la aprobación de la autoridad de deportes del estado, alcaldía o municipio donde se vaya a realizar el evento. Tercero, tiene que presentar un documento firmado por el comité organizador que demuestre que hay dinero suficiente para llevarlo a cabo.

Texto oficial

Artículo 40. Tratándose de convocatorias a Eventos Deportivos, académicos, encuentros y congresos en materia de Cultura Física y Deporte el organizador deberá presentar: I. Autorización de la asociación deportiva nacional correspondiente; en caso de que la hubiere; II. La aprobación de la dependencia o entidad de Cultura Física y Deporte del Estado, Distrito Federal, delegación o municipio donde se pretenda realizar el Evento Deportivo, encuentro o congreso, y III. Constancia de viabilidad financiera para su realización, expedida por el comité organizador de que se trate.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

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