Artículo 95 del REGLAMENTO de la Ley General de Cultura Física y Deporte
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Panel de Gestión de Resultados es un grupo que decide sobre casos de dopaje. Se forma con seis personas: un presidente nombrado por el Comité Nacional Antidopaje, un secretario, dos médicos (uno de CONADE y otro del COM), un médico de la Federación Mexicana de Medicina del Deporte y un abogado de CONADE. Además, este panel invita a otras personas a sus reuniones, como otros médicos, un experto en farmacología y dos especialistas en dopaje, pero solo si ellos aceptan participar.
Texto oficial
Artículo 95. El Panel de Gestión de Resultados del Comité Nacional Antidopaje, se integrará de la forma siguiente: I. Un Presidente designado por el Pleno del Comité Nacional Antidopaje; II. Un Secretario que será el del Comité Nacional Antidopaje; III. Un médico del área de medicina y ciencias aplicadas de la CONADE también; IV. Un médico del área médica del COM también; V. Un médico representante de la Federación Mexicana de Medicina del Deporte, cuya participación estará sujeta a la aceptación por parte de éste, y VI. Un representante de la Coordinación de Normatividad y Asuntos Jurídicos de la CONADE. El Panel de Gestión de Resultados invitará a participar en sus sesiones a: I. Un médico del área médica del COM; II. Un médico representante de la Federación Mexicana de Medicina del Deporte; III. Un representante de la Asociación Mexicana de Farmacología, y IV. Dos personas propuestas por el pleno del Comité Nacional Antidopaje, con amplia experiencia en el análisis o control de dopaje. La participación de las personas señaladas en las fracciones II a IV del párrafo anterior, estará sujeta a la aceptación por parte de éstas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.