Artículo 100 del REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría del Medio Ambiente y la Comisión Forestal se encargan de imprimir los documentos que te permiten mover o reenviar madera y otros productos del bosque. Estos papeles deben tener medidas de seguridad especiales, como marcas o sellos, que los hagan difíciles de falsificar. Además, los documentos incluirán un instructivo bien claro para que sepas cómo llenarlos correctamente. En pocas palabras, buscan que el control de los recursos forestales sea más seguro y fácil de entender para todos.
Texto oficial
Artículo 100. La Secretaría y la Comisión, según sea el caso, imprimirán las remisiones forestales y reembarques forestales en papel que tenga las medidas de seguridad que determine la Secretaría y contendrán el instructivo para su llenado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.