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Artículo 128 del REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres tener un centro para almacenar o transformar madera o productos del campo, necesitas un permiso. Ese permiso debe incluir tus datos básicos como nombre, dirección, teléfono y correo, más la ubicación exacta del centro, qué tipo de negocio es, cuánto puede guardar o procesar, y qué especies de plantas va a manejar. También te darán un código de identificación para ese lugar. Si tu centro es móvil (como un camión o equipo que se mueve), además deberás anotar la marca y número de serie del equipo, y en qué estados o municipios vas a trabajar. Ojo: si tu centro es móvil, no tienes que especificar las especies que vas a procesar.

Texto oficial

Artículo 128. Las autorizaciones para el funcionamiento de Centros de almacenamiento o de transformación, incluidos los móviles, así como de los Centros no integrados a un centro de transformación primaria, deberán contener, según sea el caso, lo siguiente: I. Nombre o denominación o razón social, domicilio y, en su caso, teléfono y correo electrónico del titular; REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 20-11-2025 52 de 87 II. Nombre y ubicación del Centro y coordenadas geográficas; III. Giro mercantil específico del Centro; IV. Capacidad instalada de almacenamiento o de transformación; V. Especies para almacenar o transformar; VI. Código de identificación; VII. La marca, modelo y número de serie del equipo, cuando se trate de Centros de transformación móvil, y VIII. La entidad federativa, municipio o demarcación territorial de la Ciudad de México, en las cuales operarán o prestarán sus servicios, para el caso de los Centros de transformación móvil. Lo dispuesto en la fracción V del presente artículo no aplica en las autorizaciones de los Centros de transformación móviles.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 51) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.