Artículo 168 del REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los organismos que verifican que los bosques se cuiden bien, siguiendo las reglas oficiales mexicanas, deben tener un permiso especial llamado "acreditación". Este permiso lo da una institución autorizada, como dice la Ley de Infraestructura de la Calidad. En pocas palabras, para que puedas confiar en que un bosque está bien manejado, la empresa que lo revisa tiene que estar aprobada oficialmente.
Texto oficial
Artículo 168. Los organismos de certificación que evalúen el buen manejo forestal con la norma oficial mexicana correspondiente deberán estar acreditados ante una entidad de acreditación, de conformidad con lo establecido en la Ley de Infraestructura de la Calidad.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.