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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable
Artículo
169

Artículo 169 del REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión va a ayudar a que los dueños de terrenos con bosques consigan un certificado que demuestre que manejan bien sus árboles y plantas, sin dañar la naturaleza. También van a hacer campañas para que los compradores nacionales y extranjeros de productos como madera elijan aquellos que vienen de fuentes legales y cuidadas, no solo por el precio o la calidad. La idea es que la gente prefiera productos sustentables, es decir, que no acaben con los recursos naturales. Así se busca combatir la tala ilegal y la explotación excesiva de los bosques.

Texto oficial

Artículo 169. La Comisión impulsará y promoverá la Certificación del buen manejo forestal, y el apoyo a los propietarios forestales a fin de que estos puedan obtener en su caso dicho certificado. También realizará acciones de sensibilización de los compradores finales nacionales e internacionales de Productos forestales en la compra responsable, en base no sólo en precio y calidad, sino también en la sustentabilidad de los Recursos forestales y de esta forma coadyuvar a combatir la madera proveniente del aprovechamiento ilegal y la sobreexplotación.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (pág. 66) ↗

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