Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 181 del REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si compras o traes a México materias primas, productos o subproductos del bosque (como madera, resinas o incluso las tarimas de madera que protegen otros productos importados), tienes que pasar por un punto de revisión sanitaria al llegar al país. Ahí, vas a tener que demostrar con documentos que tu carga cumple con las reglas de salud forestal que marca la ley. Esto es para asegurarse de que no entran plagas o enfermedades que puedan dañar los bosques mexicanos.

Texto oficial

Artículo 181. Los importadores de Materias primas, Productos y subproductos forestales incluyendo los embalajes de madera utilizados en el manejo y protección de bienes importados, deberán comprobar en el punto de inspección fitosanitaria de entrada al territorio nacional, que cumplen con las medidas de Sanidad forestal establecidas en las disposiciones jurídicas aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 69) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.