Artículo 197 del REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres dueño, encargado o trabajas con bosques o terrenos forestales, y encuentras plagas o enfermedades en los árboles, tienes que avisar a la Comisión (la autoridad de medio ambiente) en menos de 24 horas. Puedes hacerlo por cualquier medio, como teléfono, correo o en persona. En el aviso debes decir tu nombre completo o el de tu empresa, tu dirección y teléfono. También tienes que dar la ubicación exacta del terreno donde encontraste el problema y, si lo sabes, el nombre del dueño o la persona que cuida ese predio.
Texto oficial
Artículo 197. Las personas a que se refiere el artículo 114, primer párrafo de la Ley, deberán presentar ante la Comisión, por cualquier medio de comunicación, el aviso de detección de Plagas o Enfermedades forestales, dentro de las veinticuatro horas siguientes a la detección, en el que se deberá señalar lo siguiente: I. Nombre o denominación o razón social, así como domicilio y teléfono de la persona que avisa; II. Ubicación y nombre de los predios en donde se haya realizado la detección, y III. Nombre de la persona propietaria o Legítima poseedora del predio en donde se realizó la detección y su ubicación, en caso de contar con dichos datos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.