Artículo 223 del REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Procuraduría (que es la autoridad encargada de vigilar los bosques) tiene que asegurarse de que todo su personal esté bien entrenado y capacitado en temas forestales. Esto aplica a las personas que participan en los trámites o acciones que menciona esta sección de la ley. En otras palabras, el gobierno se compromete a darles cursos y preparación a sus trabajadores para que hagan bien su trabajo relacionado con el cuidado de los bosques.
Texto oficial
Artículo 223. La Procuraduría impulsará la profesionalización y capacitación en materia forestal del personal que participe en los actos a que se refiere el presente Título.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.