Artículo 226 del REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si una autoridad de la Procuraduría te descubre cometiendo una falta contra la ley forestal en el momento exacto (eso es "flagrancia"), tiene que levantar un acta por escrito contando lo que pasó. En esa acta deben firmar tanto tú (como la persona acusada) como los funcionarios que estuvieron presentes. Si tú no quieres o no sabes firmar, ellos tienen que anotarlo en el acta. Además, se considera que estás en "flagrancia" si te cachan haciendo algo ilegal, si te persiguen justo después de cometerlo o si alguien te señala como responsable, siempre y cuando no hayan dejado de buscarte.
Texto oficial
Artículo 226. Cuando la Procuraduría detecte la posible comisión de infracciones a la Ley o al presente Reglamento en flagrancia, levantará acta circunstanciada. REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 20-11-2025 83 de 87 El acta a que se refiere el presente artículo deberá tener las firmas del presunto infractor y de los servidores públicos que intervengan en la misma. En caso de que el presunto infractor se niegue o no sepa firmar, se deberá asentar dicha circunstancia. Se entiende por flagrancia, cuando el o los presuntos infractores son sorprendidos ejecutando los hechos contrarios a la Ley o al presente Reglamento o, después de realizados los hechos, los presuntos infractores sean perseguidos materialmente o sean señalados por algún testigo de los hechos o por quien hubiere intervenido con ellos en la comisión de la infracción, así como cuando tenga en su poder instrumentos, objetos o productos materia de la infracción. Se considera que existe flagrancia por señalamiento, siempre y cuando, después de cometer la infracción no se haya interrumpido la búsqueda del presunto infractor o su localización.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.