Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 231 del REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que cualquier persona puede reportar a la Procuraduría o a otras autoridades cuando vea algo que dañe o pueda dañar el ecosistema de los bosques, como tirar basura, talar árboles sin permiso o contaminar. También aplica si alguien hace algo que rompa las reglas de esta Ley de Desarrollo Forestal. Si tú haces la denuncia, tienes que entregar todas las pruebas que tengas, como fotos, videos o testigos. El proceso para que las autoridades investiguen tu queja se hará siguiendo el procedimiento que ya está marcado en otra ley, la Ley General del Equilibrio Ecológico.

Texto oficial

Artículo 231. Conforme a lo previsto en el Título Sexto de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, toda persona podrá denunciar ante la Procuraduría o ante otras autoridades, REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 20-11-2025 84 de 87 todo hecho, acto u omisión que produzca o pueda producir desequilibrio ecológico al Ecosistema forestal o daños a los Recursos forestales, o contravenga las disposiciones de la Ley y este Reglamento. El denunciante aportará todos los elementos de prueba con que cuente para sustentar su denuncia y se llevará conforme al procedimiento establecido en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 83) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.