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Artículo 26 del REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres un papel que compruebe que algo está registrado, tienes que pedirlo con un formato especial que da la Secretaría. El Registro tiene hasta 15 días hábiles (sin contar sábados, domingos ni días festivos) para darte ese documento desde que recibe tu solicitud. En el formato debes escribir tu nombre completo (o el de tu empresa si es el caso) y especificar claramente qué acto o documento es el que necesitas que te confirmen.

Texto oficial

Artículo 26. Los interesados en obtener constancias de los actos y documentos inscritos en el Registro deberán solicitarlo mediante el formato que para tal efecto expida la Secretaría. El Registro deberá emitir la constancia solicitada dentro de un plazo de quince días hábiles contado a partir de la recepción de la solicitud. El formato a que se refiere el párrafo anterior deberá contener nombre, denominación o razón social del solicitante y el acto o documento del cual se solicite la constancia.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.