Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 30 del REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 30 dice que la Secretaría pide ciertos papeles para comprobar que un terreno es tuyo o que lo estás ocupando legalmente. Si solicitas algo relacionado con terrenos forestales, debes llevar una copia certificada del título de propiedad (como la escritura) registrada en el Registro Público. En el caso de ejidos o comunidades, basta con una copia simple del título y el número de folio con el que está registrado. También necesitas una copia certificada del documento que demuestre que tienes permiso para cambiar el uso del suelo si vas a hacer actividades en terrenos forestales.

Texto oficial

Artículo 30. Los documentos con los que la Secretaría tiene por acreditados los derechos de propiedad o posesión sobre predios, en aquellos casos en los que, conforme a lo dispuesto en los artículos 68 y 69 de la Ley o en el presente Reglamento, deba acreditarse ese derecho, son: Párrafo reformado DOF 20-11-2025 I. Copia certificada del título que acredite el derecho de propiedad o posesión respecto del terreno o terrenos objeto de la solicitud inscrito en el registro público correspondiente; REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 20-11-2025 16 de 87 tratándose de ejidos y comunidades, bastará con que se presente copia simple de dicho título y, en su caso, el número de folio de inscripción correspondiente, y II. Copia certificada del documento que acredite la posesión o el derecho para realizar actividades que impliquen el Cambio de uso de suelo en Terrenos forestales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.