Artículo 34 del REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 34 dice que si tienes un terreno dentro de un área natural protegida (como un parque nacional o una reserva ecológica) y quieres usar los recursos del bosque para tu casa, como leña o madera para reparaciones, tienes que seguir las reglas de esa zona. No puedes simplemente tomar lo que quieras; debes cumplir con las leyes que aplican en ese lugar protegido. Básicamente, aunque sea para uso personal, no hay permiso libre si estás en un área natural protegida.
Texto oficial
Artículo 34. En terrenos comprendidos en zonas declaradas como áreas naturales protegidas, el aprovechamiento de Recursos y Materias primas forestales para Uso doméstico deberá sujetarse a lo establecido en las disposiciones aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.