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Artículo 47 del REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que te renueven el permiso de cortar árboles (aprovechamiento forestal), debes pedirlo durante el último año de tu permiso o hasta tres años después de que venció. Además, tienes que actualizar el plan de manejo del bosque para demostrar que, aunque el terreno haya cambiado con el tiempo, aún puedes seguir las reglas que te autorizaron. En tu solicitud debes escribir tu nombre (o el de tu empresa), el número y fecha del permiso, y cuándo entregaste tu último reporte de la corta. También debes anexar el plan de manejo actualizado con la información del artículo 39, y para ciertos puntos (como las fracciones III, V, VII y X), agregar datos nuevos y cuadros que comparen lo que planeaste con lo que realmente lograste.

Texto oficial

Artículo 47. La solicitud para obtener el refrendo de la autorización de aprovechamiento de Recursos forestales maderables al término de un ciclo de corta deberá presentarse por el titular dentro del último año de vigencia de la autorización o transcurridos tres años como máximo de haber vencido esta. En estos supuestos, los interesados deberán actualizar la información del Programa de manejo para acreditar que las variaciones en el predio sujeto a manejo, por el transcurso del tiempo, no alterarán las formas de manejo originalmente autorizadas. La solicitud a que se refiere el párrafo anterior deberá señalar el nombre o denominación o razón social, número y fecha de la autorización respectiva y fecha de presentación a la Secretaría del último informe del ciclo de corta que concluya. Asimismo, se anexará a la solicitud el Programa de manejo forestal a que se refiere el artículo 39 del presente Reglamento con la información actualizada. En el caso de las fracciones III, V, VII y X, la información se actualizará mediante la obtención de nuevos datos, los cuales permitan, a través de cuadros comparativos, contrastar la meta establecida en el Programa de manejo forestal que concluye o concluyó su vigencia y los resultados obtenidos en la actualización. REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 20-11-2025 23 de 87

Ver ley oficial en el DOF (pág. 22) ↗

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