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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Artículo
59

Artículo 59 del REGLAMENTO de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Procuraduría Federal (una dependencia del gobierno) puede ir a hacer inspecciones a negocios o lugares, y si lo cree necesario, puede llevar consigo a personas expertas en protección civil (como bomberos o especialistas en riesgos) y en salud (como doctores). Esto no impide que también participe la Procuraduría de Protección Local de tu estado o municipio. En otras palabras, si hay una revisión, pueden venir expertos federales y locales juntos para asegurarse de que todo esté en orden.

Texto oficial

Artículo 59. La Procuraduría Federal, cuando así lo considere necesario, podrá llevar a cabo las Visitas de Supervisión acompañada de expertos en materia de protección civil y en salud, sin perjuicio de la participación de la Procuraduría de Protección Local que corresponda.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (pág. 18) ↗

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