Artículo 59 del REGLAMENTO de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Procuraduría Federal (una dependencia del gobierno) puede ir a hacer inspecciones a negocios o lugares, y si lo cree necesario, puede llevar consigo a personas expertas en protección civil (como bomberos o especialistas en riesgos) y en salud (como doctores). Esto no impide que también participe la Procuraduría de Protección Local de tu estado o municipio. En otras palabras, si hay una revisión, pueden venir expertos federales y locales juntos para asegurarse de que todo esté en orden.
Texto oficial
Artículo 59. La Procuraduría Federal, cuando así lo considere necesario, podrá llevar a cabo las Visitas de Supervisión acompañada de expertos en materia de protección civil y en salud, sin perjuicio de la participación de la Procuraduría de Protección Local que corresponda.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.