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Artículo 6 del REGLAMENTO de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría Ejecutiva, que es la encargada de coordinar el Sistema Nacional de Protección para niños y adolescentes, tiene que hacer que el gobierno, las empresas y la sociedad trabajen juntos para crear políticas que protejan a los niños. También deben incluir a los propios niños y adolescentes en la toma de decisiones. Para lograrlo, van a poner en su página de internet consultas públicas periódicas donde todos puedan opinar, y van a crear formas de participación que sean para todos, que funcionen siempre y que representen a los niños en sus escuelas, comunidades o cualquier lugar donde pasen su día a día. Además, la Secretaría debe asegurarse de que las dependencias del gobierno cumplan con lo que dice la ley sobre asignar dinero en sus presupuestos para estas acciones de protección infantil.

Texto oficial

Artículo 6. El Sistema Nacional de Protección Integral, a través de la Secretaría Ejecutiva, debe implementar acciones para procurar la participación de los sectores público, privado y social, así como de niñas, niños y adolescentes, en la definición e instrumentación de políticas públicas destinadas a garantizar los derechos de niñas, niños y adolescentes y su Protección Integral. Para efectos del párrafo anterior, la Secretaría Ejecutiva, a través de su página electrónica, promoverá consultas públicas y periódicas, con el sector público, social y privado, así como mecanismos universales, representativos y permanentes de participación en los diferentes entornos en los que se desarrollan las niñas, niños y adolescentes de manera cotidiana. Corresponde a la Secretaría Ejecutiva dar seguimiento respecto de lo dispuesto en el artículo 2, cuarto párrafo de la Ley referente a la asignación de recursos en los presupuestos de los entes públicos para el cumplimiento de las acciones establecidas en la Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.