Artículo 63 del REGLAMENTO de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Procuraduría Federal (la dependencia del gobierno que protege a niños y adolescentes) dará un curso de capacitación a las personas que quieran ser una Familia de Acogida, es decir, quienes cuidarán temporalmente a un niño, niña o adolescente. En ese curso les explicarán todo sobre cómo cuidarlos y protegerlos, incluyendo aspectos emocionales, trámites legales y cómo criar de manera positiva para que el menor esté bien. El contenido de este curso lo decidirá un grupo de expertos llamado consejo técnico de evaluación, del que habla el artículo 66 de este reglamento.
Texto oficial
Artículo 63. La Procuraduría Federal, como parte del otorgamiento de la certificación para constituirse en Familia de Acogida, impartirá un curso de capacitación a quien o quienes serán los responsables de la guarda y custodia de la niña, niño o adolescente que se acogerá en la familia, en el cual se les informará los aspectos psicosociales, administrativos y judiciales del cuidado, protección, crianza positiva y promoción del bienestar social de las niñas, niños y adolescentes. El contenido del curso será definido por el consejo técnico de evaluación a que se refiere el artículo 66 de este Reglamento.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.