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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGDNNA/83
Ley
REGLAMENTO de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Artículo
83

Artículo 83 del REGLAMENTO de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si en un centro de ayuda social una misma persona hace el trabajo de trabajador social y de psicólogo, el DIF solo le dará permiso para una de esas dos profesiones dentro del centro. Si un trabajador social o psicólogo, o alguien con una carrera parecida, no pasa la prueba para obtener ese permiso, puede volver a pedirlo al DIF después de que pase un año.

Texto oficial

Artículo 83. Cuando en un Centro de Asistencia Social una misma persona realiza las funciones que corresponden a las profesiones de trabajo social y psicología, el Sistema Nacional DIF otorgará la autorización a que se refiere este Capítulo sólo por una de las profesiones que ejerce en dicho Centro. Los profesionales en trabajo social y psicología o carreras afines que no resulten aptos para recibir la autorización correspondiente, podrán ingresar nuevamente su solicitud de autorización ante el Sistema Nacional DIF, una vez que transcurra un año.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (pág. 23) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.