Artículo 102 del REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Áreas Naturales Protegidas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si entregas una solicitud a la Comisión pero faltan datos o no cumples con los requisitos, ellos te avisarán por escrito una sola vez para que corrijas el error. Tienes 10 días hábiles (contando solo días de lunes a viernes sin días festivos) para arreglarlo desde que recibes el aviso oficial. Si no haces la corrección en ese tiempo, tu trámite será cancelado automáticamente.
Texto oficial
Artículo 102.- Cuando las solicitudes de autorización que presenten los interesados no contengan los datos o no cumplan con los requisitos aplicables, la Comisión deberá prevenir a los interesados, por escrito y por una sola vez, para que subsane la omisión dentro del término de diez días hábiles contados a partir de que haya surtido efectos dicha prevención; transcurrido este plazo sin desahogar la prevención, se desechará el trámite.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.