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Artículo 111 del REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Áreas Naturales Protegidas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes un rancho, un terreno o un negocio que use plantas, agua o animales en un área protegida (como una reserva o parque nacional), puedes proponer ideas para cuidar esos recursos y aprovecharlos de manera que no se acaben. Para eso, debes entregar un estudio técnico (un documento profesional que explique cómo funciona tu idea) que justifique por qué tu propuesta es buena. Ese estudio debe hacerse siguiendo las reglas de un manual que emite la Secretaría de Medio Ambiente. Puede ser una persona con negocio o una empresa, no importa si eres dueño o no, con tal de que tengas interés en cuidar esos recursos.

Texto oficial

Artículo 111.- Cualquier persona física o moral, interesada en la conservación y el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales ubicados en áreas naturales protegidas, podrá presentar una propuesta sobre instrumentos económicos que deberá de ir acompañada de un estudio técnico que justifique y oriente el uso de estos instrumentos, dicho estudio deberá ser realizado con base en el manual que para tal efecto expida la Secretaría.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 35) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.