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Ley
REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Áreas Naturales Protegidas
Artículo
15

Artículo 15 del REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Áreas Naturales Protegidas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

En cada reunión del Consejo, el Secretario Técnico (la persona encargada de tomar notas) tiene que hacer un documento llamado minuta. Ahí se anotan por escrito todos los acuerdos que se tomaron durante la junta. Así queda un registro oficial de lo que se decidió.

Texto oficial

Artículo 15.- De cada sesión del Consejo, el Secretario Técnico levantará una minuta en la que se harán constar los acuerdos tomados.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Áreas Naturales Protegidas (pág. 5) ↗

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