Artículo 16 del REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si la auditoría ambiental que entregaste a la autoridad dice que tu empresa cumple con todo lo que te pidieron, entonces la Procuraduría o la Agencia (dependiendo de quién te haya revisado) te van a dar un Certificado. Ese documento se entrega siguiendo las reglas del artículo 22 de este Reglamento. Básicamente, si pasaste la auditoría, te dan un papel que lo comprueba.
Texto oficial
Artículo 16. Si el Informe de Auditoría Ambiental presentado ante la Procuraduría o, en su caso, ante la Agencia, según corresponda, establece que el Desempeño Ambiental de la Empresa es conforme a lo requerido en los Términos de Referencia, dichos órganos administrativos desconcentrados, en el ámbito de sus respectivas competencias, otorgarán el Certificado correspondiente de acuerdo a lo establecido en el artículo 22 del presente Reglamento. Artículo reformado DOF 31-10-2014
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