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Artículo 19 del REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando quieras pedir una autorización por el impacto ambiental de un proyecto, debes entregar toda la información en un disco o USB, junto con cuatro copias impresas de lo mismo. Después de que entregues todo, la Secretaría (la dependencia encargada) puede pedirte, solo una vez y en un plazo de diez días, hasta tres copias extra de los estudios de impacto ambiental, pero solo si hay una razón justificada. Si te piden esas copias adicionales, tienes que entregarlas en un máximo de tres días después de que te las soliciten.

Texto oficial

Artículo 19.- La solicitud de autorización en materia de impacto ambiental, sus anexos y, en su caso, la información adicional, deberán presentarse en un disquete al que se acompañarán cuatro tantos impresos de su contenido. Excepcionalmente, dentro de los diez días siguientes a la integración del expediente, la Secretaría podrá solicitar al promovente, por una sola vez, la presentación de hasta tres copias adicionales de los estudios de impacto ambiental cuando por alguna causa justificada se requiera. En todo caso, la presentación de las copias adicionales deberá llevarse a cabo dentro de los tres días siguientes a aquel en que se hayan solicitado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.