Artículo 48 del REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando la Secretaría te da una autorización, pero con condiciones, ella misma te dirá exactamente qué reglas tienes que seguir. Estas reglas aplican desde antes de empezar el proyecto y en cada paso: la construcción, cuando ya esté funcionando y hasta cuando lo dejes. Por ejemplo, te pueden pedir ciertos estudios o medidas de seguridad antes de arrancar. Todo eso debe estar bien claro desde el principio para que no haya confusiones.
Texto oficial
Artículo 48.- En los casos de autorizaciones condicionadas, la Secretaría señalará las condiciones y requerimientos que deban observarse tanto en la etapa previa al inicio de la obra o actividad, como en sus etapas de construcción, operación y abandono.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.