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Ley
REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales
Artículo
45

Artículo 45 del REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La etapa de propuesta sirve para crear el plan de cómo se va a organizar el uso del territorio, cuidando el medio ambiente. Ahí se van a incluir las reglas y estrategias ecológicas que se deben seguir. En otras palabras, es cuando se diseña el mapa de qué se puede hacer en cada zona, considerando la naturaleza.

Texto oficial

Artículo 45.- La etapa de propuesta tendrá por objeto generar el modelo de ordenamiento ecológico del territorio, en el cual se incluirán los lineamientos y estrategias ecológicas.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales (pág. 18) ↗

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