Artículo 20 del REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que, para llenar los reportes oficiales, si no hay una Norma Oficial Mexicana que te exija medir exactamente cierto contaminante, puedes calcular sus emisiones usando métodos sencillos y aceptados, como estimar por datos del año pasado, hacer cuentas de los materiales que usas, o aplicar fórmulas matemáticas.
Texto oficial
Artículo 20. Para efectos del presente Reglamento, las emisiones y transferencia de contaminantes y sustancias sujetas a reporte de competencia federal, que no estén reguladas por Normas Oficiales Mexicanas o cuya medición esté exenta, pueden estimarse a través de metodologías comúnmente utilizadas, tales como la aplicación de factores de emisión, estimación mediante datos históricos, balance de materiales, cálculos de ingeniería o modelos matemáticos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.