Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 8 del REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (la dependencia encargada) puede hacer acuerdos con otras oficinas del gobierno para compartir información. El objetivo es que toda esa información ayude a completar la Base de Datos del Registro. Básicamente, las diferentes partes del gobierno pueden trabajar juntas y pasar datos para tener todo en un solo lugar. Así, la base de datos queda más completa y actualizada gracias a la colaboración entre distintas áreas del gobierno.

Texto oficial

Artículo 8o. La Secretaría podrá celebrar acuerdos de colaboración con otras dependencias y entidades de la administración pública, para incorporar información que apoye la integración de la Base de datos del Registro. Sección II De la Conformación de la Información Federal a la Base de Datos

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.