Artículo 57 del REGLAMENTO de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto se va a encargar de mantener actualizada la base de datos del Sistema de Información, usando la información que le pasen los Organismos Responsables de la INFE (que son las dependencias o entidades encargadas de la Infraestructura Federal de Enlace). Esto se hará siguiendo los acuerdos o convenios que firmen entre ellos para compartir esos datos. En pocas palabras, el Instituto no trabaja solo: depende de que los otros organismos le entreguen la información de manera oportuna según lo pactado.
Texto oficial
Artículo 57.- El Instituto coordinará la actualización del Sistema de Información con los datos que le sean proporcionados por los Organismos Responsables de la INFE en el marco de los convenios que al efecto se celebren. CAPÍTULO X DE LOS MECANISMOS PARA PREVENIR Y DAR RESPUESTA A LAS CONTINGENCIAS DERIVADAS DE DESASTRES NATURALES, TECNOLÓGICOS O HUMANOS DE LA INFE
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.