Artículo 73 del REGLAMENTO de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto va a invitar a grupos de la sociedad, como padres de familia o comunidades locales, a que ayuden a planear, construir y mantener las escuelas, para que estas sean mejores y tengan instalaciones de mayor calidad. Todo esto lo harán siguiendo las reglas que marca la Ley, este Reglamento y otras leyes relacionadas, para que nadie haga lo que quiera sin orden.
Texto oficial
Artículo 73.- El Instituto promoverá la participación de los sectores sociales en la planeación, construcción y mantenimiento de los Planteles Educativos que optimicen y eleven la Calidad de la INFE, debiendo sujetarse a los términos que señala la Ley, el presente Reglamento, la Ley de Planeación y demás disposiciones jurídicas que resulten aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.