Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 29 del REGLAMENTO de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Educación Pública se va a encargar de que los maestros que trabajan en escuelas de educación especial, o los que ayudan a integrar a alumnos con discapacidad en escuelas regulares, reciban cursos y capacitación. Esto es para que sepan cómo atender mejor a esos estudiantes. Todo esto lo hará a través de un sistema nacional que apoya la formación de los maestros de educación básica, que es la primaria y secundaria.

Texto oficial

Artículo 29. La Secretaría de Educación Pública, a través del sistema nacional de formación, actualización, capacitación y superación profesional para maestros de educación básica, promoverá que los maestros de planteles de educación especial y aquellos que intervengan en la integración educativa de personas con discapacidad, se actualicen y capaciten, en temas relacionados con la atención de estudiantes con discapacidad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.