Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 30 del REGLAMENTO de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Educación Pública va a investigar y estudiar cómo diseñar y actualizar los libros, materiales y herramientas de enseñanza para los estudiantes con discapacidad. También van a crear apoyos técnicos para capacitar a los directores y maestros de preescolar, primaria y secundaria, incluyendo educación especial e inicial. Esto es para que los alumnos con discapacidad reciban una educación adecuada y con los recursos que necesitan. Básicamente, el gobierno se encarga de mejorar los materiales y la preparación de los profesores para que nadie se quede atrás.

Texto oficial

Artículo 30. La Secretaría de Educación Pública llevará a cabo trabajos de investigación, estudios y análisis técnico-pedagógico, para el diseño, elaboración y actualización de los materiales de estudio, materiales didácticos y de apoyo a la educación, así como ayudas técnicas para la capacitación de personal directivo y docentes de educación inicial, especial y básica que brinde atención educativa a estudiantes con discapacidad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.