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Artículo 86 del REGLAMENTO de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo estará checando constantemente cómo está la situación de las personas con discapacidad en México, para detectar rápido sus necesidades. Con esa información, buscará crear nuevas políticas y acciones, además de darles seguimiento y ver si están funcionando, todo con el objetivo de que estas personas puedan integrarse completamente a la sociedad con respeto e igualdad de oportunidades. También se encargará de promover, apoyar y evaluar todo lo que se haga (como leyes, programas y reglamentos) para mejorar la vida de las personas con discapacidad.

Texto oficial

Artículo 86. El Consejo analizará permanentemente las circunstancias de toda índole existentes en materia de discapacidad, para su pronto diagnóstico, a fin de que se propicie la emisión de políticas, la ejecución de acciones, el seguimiento y evaluación de sus resultados, que tiendan a la plena inclusión en la sociedad de las personas con discapacidad, en un marco de respeto, igualdad y equiparación de oportunidades, en el territorio nacional. Para lo anterior, el Consejo deberá promover, fomentar y evaluar las acciones, estrategias, políticas públicas y programas derivados de la Ley, el Reglamento y las demás disposiciones aplicables en la materia.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 22) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.