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Artículo 92 del REGLAMENTO de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo ayudará a la Secretaría de Relaciones Exteriores a coordinarse con otras dependencias para hacer los informes que México debe entregar sobre temas de discapacidad, según lo que piden la Convención y otros tratados internacionales que México firmó. Para lograr esto, el Consejo promoverá que las personas con discapacidad participen a través de los miembros de la Asamblea Consultiva, que es un grupo que las representa. En pocas palabras, buscan que quienes viven con discapacidad tengan voz en los reportes que México presenta al mundo.

Texto oficial

Artículo 92. El Consejo coadyuvará con la Secretaría de Relaciones Exteriores, en la coordinación interinstitucional para la elaboración de los informes que el Estado Mexicano deba presentar en materia de discapacidad, en atención a lo dispuesto en la Convención y demás tratados internacionales en los que el Estado Mexicano sea parte. Para tal efecto, el Consejo impulsará la participación de las personas con discapacidad, por conducto de los integrantes de la Asamblea Consultiva. Capítulo XIV Responsabilidades y Sanciones

Ver ley oficial en el DOF (pág. 23) ↗

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